Estatutos

« Valaisans du Monde /Walliser in aller Welt » (Valesanos del Mundo)

Capítulo I – Nombre, Sede, Objetivos

Art. 1

Bajo la denominación Valesanos del Mundo está constituida, conforme a los presentes estatutos y el artículo 60 del código civil suizo, una asociación donde la sede se encuentra en el domicilio de la presidencia.

Art. 2

Sus objetivos son los siguientes:

a) Crear y favorecer los intercambios entre los emigrados, descendientes de emigrados y los Valesanos bajo la forma de iniciativas comunes y acciones concretas,
b) Seguir con los contactos establecidos y profundizarlos,
c) Coordinar las actividades y tener el inventario de las acciones del proyecto.

Capitulo II – Miembros

Art. 3

Es miembro de la Asociación toda persona física o jurídica, cualquiera sea el domicilio, interesado en la realización del objetivo social  y que pague la cuota anual fijada por la asamblea general.

Art. 4

Los pedidos de admisión deberán estar dirigidos por escrito a la comisión; el pago de la cuota equivale a demanda de adhesión.

Cada miembro tiene voz en la asamblea general y los miembros no contraen responsabilidad financiera alguna por los compromisos suscriptos por la Asociación quien no responde más que con sus activos.

Art. 5

La calidad de miembro se pierde:

– por dimisión escrita , tres meses antes del final del año en curso,
– por falta de pago de la cuota anual ( después de dos llamados),
– por exclusión por la comisión con explicación de motivos y después de haber cursado a la asamblea general dentro de un plazo de treinta días,
– por fallecimiento (persona física) o disolución (persona jurídica).
Los miembros salientes o excluidos no tienen ningún derecho sobre los bienes de la Asociación.

Las personas que lo merezcan pueden ser nombradas miembros de honor por la asamblea general con presentación a la Comisión.

Capitulo III – Organización

Art. 6

Los órganos de la Asociación son:

– la asamblea general,
– la Comisión Cantonal,
– el órgano de control.
Para su organización práctica la asociación se subdivide en tres secciones:

– sección del Valais Roman,
– sección del alto Valais,
– sección de jóvenes.

Cada una con una estructura organizada.

Sección 1 – ASAMBLEA GENERAL

Art. 7

La asamblea general está compuesta por miembros de la Asociación. Ella es  el poder supremo de esta. Ella es convocada cada año a asamblea ordinaria por la Comisión dentro de los 4 meses que siguen a la clausura  anual del ejercicio correspondiente al año anterior.

Las convocatorias son enviadas 15 días antes con el orden del día.

Art. 8

 La asamblea general tiene las siguientes atribuciones:

– Adoptar y modificar los estatutos,
– Aprobar los informes de la comisión sobre su gestión, sobre la marcha de la Asociación y sobre su situación financiera.
– Tomar conocimiento de informes del órgano de control.
– Aprobar las cuentas del ejercicio transcurrido.
– Elegir la Comisión, el o la presidente y el órgano de control.
– Fijar las cuotas.
– Proponer el presupuesto.
– Aceptar los nuevos miembros, las dimisiones y decidir las exclusiones.
– Pronunciarse sobre las proposiciones individuales pedidas por escrito a la comisión, diez días antes.
Dispone de todas las competencias que no son confiadas a algún otro órgano. Regularmente convocada, ella delibera con validez cualquiera sea el número de miembros presentes en todos los puntos del orden del día.

Art. 9

La asamblea puede además ser convocada por la comisión cuando lo juzgue necesario o a pedido de  1/5 miembros de la asociación.

Art. 10

La asamblea general puede aprobar  otras secciones fuera del Cantón  siguiendo objetivos particulares de acuerdo con Valesanos del Mundo.

Sección II – COMISIÓN

Art. 11

La Comisión está compuesta de 5 a 11 miembros elegidos por dos años y reelegibles.

La Comisión cantonal está compuesta:

– de él o la presidente cantonal,
– de tres vice-presidentes, respectivamente los tres presidentes de secciones,
– de él o la secretario(a) cantonal,
– de él o la cajero(a) cantonal, y
– de los responsables del ámbito de las actividades.
El o la presidente son elegidos por la asamblea, para las otras tareas, la comisión cantonal se organiza por si misma respetando las regiones lingüísticas.

Art. 12

La comisión administra y gestiona la Asociación según las competencias que le son atribuidas por la asamblea general. Ella rinde cuentas a la asamblea general anual sobre la actividad del ejercicio transcurrido, sobre las cuentas y la gestión en general de la Asociación.

Se reúne como mínimo dos veces por año.

Art. 13

Representa la Asociación en el exterior en particular dentro de los contactos con Valesanos del Mundo, las Comunas, el Cantón y la Confederación.

Art. 14

La comisión se organiza en el ámbito de actividades bajo la conducción de responsables.

Sección III – ÓRGANO DE CONTROL

Art. 15

El órgano de control se compone de dos revisores nombrados por la asamblea general y de un reemplazante.

Los revisores son encargados de verificar las cuentas una vez por año y de realizar informe escrito a la asamblea general.

Capitulo IV – RECURSOS FINANCIEROS

Art. 16

La Asociación está sustentada entre otros por los siguientes recursos:

– cuotas de miembros,
– donaciones y legados,
– subvenciones,
– productos de acciones promocionales y publicidad.

Capítulo V – DISOLUCIÓN

Art. 17

La disolución de la Asociación no puede ser decretada si no por la mayoría de ¾ de los miembros presentes en su asamblea general.

En caso de no haber quorum, una nueva asamblea es convocada y una decisión de la mayoría simple de los miembros presentes es suficiente.

Esta última asamblea general decide la utilización de los fondos existentes.

En principios serán atribuidos (transferidos) a una institución que siga proyectos parecidos o iguales a los de Valesanos del Mundo.

Capítulo VI – DISPOSICIONES FINALES

Art. 18

Los presentes estatutos editados en francés  y en alemán han sido aceptados durante la asamblea general del 21 de Abril de 2007.

Entran inmediatamente en vigor y reemplazan los del 18 de mayo de 1992.

Sion, 21 se abril de 2007.